lunes, 14 de noviembre de 2011

La justicia cómplice absolvió al represor del GEOP

(AW) En el día de hoy, 14 de noviembre de 2011, en horas de la mañana, el Tribunal Penal del Noroeste del Chubut absolvió de todos los cargos al único imputado en la causa de Corcovado: el comisario Miguel Gómez, responsable del grupo GEOP, que tomó el pueblo en marzo de 2009 y como en épocas de la dictadura cometió todo tipo de atropellos. Entre ellos la desaparición de Luciano González.-


Esquel, 14 de noviembre de 2011.-

Tribunales de Esquel: El Tribunal dictó la total absolución por los hechos del GEOP en Corcovado.

En el día de hoy, 14 de noviembre de 2011, en horas de la mañana, el Tribunal Penal del Noroeste del Chubut constituido al efecto, en la Sala de Audiencias del 2º Piso del Edificio de Tribunales de Esquel, dió lectura al fallo definitivo por los cargos formulados por el Ministerio Público Fiscal y la Querella, respecto a los hechos protagonizados por el Grupo Especial de Operaciones de la Policía de Chubut (GEOP) en la localidad cordillerana de Corcovado en Marzo de 2009. El fallo fue absolutorio, respecto de todos los cargos, contra el único imputado en la causa: el comisario Miguel Gómez, responsable de la fuerza policial en ese momento. Esta causa fue inciada a raíz de numerosas denuncias de particulares damnificados, a raíz de las actuaciones realizadas por esa fuerza en la localidad de Corcovado en marzo del año 2009, en la infructuosa búsqueda del prófugo "Mai" Bustos.
El fallo del Tribunal concluyó con una serie de recomendaciones para el Ejecutivo Provincial, al que se remitirá la decisión judicial, a los fines de que el Gobierno pueda evaluar y corregir lo que los magistrados calificaron de "excesos policiales", pero que no consideraron delitos.

Entre los considerandos del fallo, el tribunal expresó que el estado de alteración vivida por la comunidad influyó en los testimonios de las víctimas, que si bien no se los calificó como "falso testimonio", se los valoró como inexactos o exagerados.

Asimismo, el fallo consideró que el Gobierno Provincial tendrá que reparar los daños materiales causados a las familias afectadas, así como responder por las costas del proceso.

El fallo fue oído por una concurrencia bastante numerosa, que incluyó a familias de Corcovado afectadas por el accionar policial, y también personal de la fuerza policial.

La resolución judicial fue recibida con profundo desagrado, indignación y también sorpresa por las familias afectadas por los hechos que concurrieron a la sala de audiencias del edificio de Tribunales.

Recordemos que la fuerza policial especial realizó una serie de procedimientos que fueron calificados como violentos e innecesarios por las numerosas vícitimas que realizaron denuncias ante el Ministerio Público Fiscal. Cabe destacar que no todas las denuncias llegaron a juicio, sino sólo aquellas que la Fiscalía consideró factibles de probar en el Debate.

Inicialmente, la Fiscalía calificó los hechos como "Delitos de Lesa Humanidad", con lo que solicitó el pase de las actuaciones a la Justicia Federal. Este planteo fue rechazado por el Juez actuante, con lo que el proceso se desarrolló finalmente ante la Justicia local.

Durante dos semanas se realizaron distintas audiencias en el marco del juicio Oral y Público que se llevó adelante contra un único imputado, el Comisario Miguel Gómez. Entre otros testimonios se escuchó el del entonces Jefe de Policía de Provincia, Juan Luis Ale. Seis hechos de abuso de autoridad, cinco hechos de vejaciones y uno de privación ilegal de la libertad, fueron acusados por la Fiscalía y la Querella, con la solicitud de condena.

Esta reciente decisión judicial presenta un contraste muy fuerte con las fuertes condenas que sufrieron los otros protagonistas de los hechos, es decir, los integrantes de la familia Bustos, que ya fueron juzgados por la justicia local con anterioridad.

Quedan numerosos interrogantes sin resolver: en primer lugar, no aparece hasta ahora ningún responsable político por las decisiones de haber ordenado la actuación del GEOP en Corcovado, como tampoco por el desarrollo de los procedimientos en sí. Si bien el Tribunal cuestionó la existencia de personal policial encapuchado, no consideró que estos elementos configuren delito.

Otra de las cuestiones que quedan sin resolver, es porqué solamente fue imputado el comisario, ya que es evidente que de los hechos denunciados participaron numerosos efectivos, no solamente del GEOP, sino de otros sectores de la fuerza policial provincial.

Aún cuando no fue posible identificar a los responsables en el momento de los hechos, es razonable entender que la Policía Provincial tiene la obligación legal de aportar el listado completo del personal que participó de los operativos, que duraron varios días. Fue una falencia muy grande no haber llevado a todo el personal policial que estuvo en Corcovado en marzo de 2009 a Juicio Oral y Público, y que cada uno justifique se actuación.

Tampoco se puede ver hasta ahora quién responderá por los graves y numerosos daños morales sufridos por los vecinos y familias víctimas del accionar policial, donde debemos tener especialmente en cuenta la situación de menores, jóvenes, mujeres y personas de edad avanzada.

En síntesis, queda la fuerte sensación de que no hay Poder Judicial ni Ministerio Público Fiscal en Chubut que pueda hoy por hoy proteger a la ciudadanía ante el accionar desmedido de una fuerza policial, sea el GEOP o cualquier otra.

No caben dudas que después de este fallo, será inevitable que se abra una fuerte polémica sobre la situación de DDHH en Chubut, ante un estado que cada vez se parece menos a un Estado de Derecho.

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Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

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